
La Secretaría de Energía amplió de forma progresiva el porcentaje de producción que la generación térmica e hidroeléctrica existente puede contratar con grandes usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), y adelantó al 1° de enero de 2029 la eliminación de esos topes, prevista hasta ahora para 2030. La medida, que modifica las reglas de normalización del mercado aprobadas en octubre de 2025, se estableció por la Resolución 293/2026, publicada el 21 de octubre en el Boletín Oficial.
El tope para comprometer la producción mensual de la generación térmica e hidroeléctrica al spot con ingreso anterior a 2025 se mantiene en el 20% hasta el 31 de marzo de 2027. Desde el 1° de abril de 2027 pasará al 60%, y desde el 1° de abril de 2028, al 80%. El mismo cronograma regirá para la contratación de generación térmica con distribuidores para sus grandes usuarios.
La norma también modifica las bandas para la declaración del Costo Variable de Producción (CVP) de los generadores con gestión propia de combustible. Los límites vigentes se mantienen en 2026. El límite inferior bajará al 50% del valor de referencia en 2027 y al 25% desde 2028, mientras que el margen máximo por encima de ese valor será del 17,5% en 2027 y del 10% desde 2028.
Desde el 1° de diciembre de 2026 regirá un procedimiento simplificado para el ingreso mensual de Grandes Usuarios Mayores (GUMA) y Menores (GUME) al MEM, que reemplaza las ventanas trimestrales. El primer mes de aprobación será enero de 2027.
El Organismo Encargado del Despacho, a cargo de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA), tendrá diez días hábiles para verificar los requisitos. Las solicitudes con informe favorable se publicarán en el Boletín Oficial durante dos días hábiles para recibir objeciones, que resolverá el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) en un plazo de 20 días corridos.
La resolución lleva la firma de la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti.

