
El despachante de aduana interviene en todas las operaciones de importación y exportación del país, aunque su tarea suele quedar detrás de la imagen de los buques, las grúas y los contenedores. En diálogo con dataPORTUARIA, Rubén Pérez, presidente del Centro Despachantes de Aduana (CDA), explicó en qué consiste esa función, cómo acompaña a las empresas que dan sus primeros pasos en el comercio exterior y cuáles son los desafíos de la profesión en un contexto de cambios normativos.
Pérez recordó que el Código Aduanero define a los despachantes como auxiliares del comercio y del servicio aduanero. Según explicó, la declaración aduanera que firman implica un control fiscal previo: el despachante verifica que la mercadería coincida con la documentación, que esa documentación se ajuste a la normativa, que se abonen los tributos correctos y que se cumplan las normas del régimen de importación y exportación.
Esa tarea incluye la clasificación arancelaria de la mercadería, nociones de valoración y el conocimiento de los distintos regímenes operativos, ya que no todas las operaciones tienen el mismo tratamiento. Además, el despachante interactúa a diario con navieras, forwarders, terminales portuarias y organismos como SENASA y ANMAT, aunque su responsabilidad formal es ante la Aduana.
Para el presidente del CDA, la intervención profesional cobra relevancia cuando una operación enfrenta un control más exhaustivo que el habitual. En esas instancias, una clasificación incorrecta o una documentación incompleta pueden derivar en costos adicionales para la empresa.
Pérez lo resumió así: "Cada error que cometés en comercio exterior es un costo".
Como ejemplo, mencionó las importaciones desde Brasil con certificado de origen Mercosur. Si el certificado no cumple las normas de origen, o si la mercadería no coincide con el certificado y la factura, el certificado puede perder validez y la operación pasa a tributar como si la mercadería no fuera de origen Mercosur. En el supuesto que planteó, un producto con arancel 0% pasaría a pagar un derecho del 18%, más una multa por el mismo monto.
Consultado por los cambios introducidos por el DNU 70/2023, que incorporó la figura del declarante, Pérez señaló que esa figura permite operar con la presentación de una CUIT, sin examen de idoneidad. En paralelo, ARCA exige un certificado de conocimientos técnicos a los apoderados generales que actúan por delegación.
Pérez vinculó ese esquema con la habilitación para que también operen personas jurídicas, que podrían documentar sus operaciones a través de un apoderado general. Desde el CDA plantean que los requisitos de capacitación deberían ser homogéneos entre las distintas figuras que intervienen en una declaración aduanera.
Pérez valoró algunas de las medidas de simplificación adoptadas. Entre ellas, citó el aumento de las operaciones con canal verde y el traslado de controles como los reglamentos técnicos y la seguridad eléctrica fuera de la órbita aduanera: esas verificaciones pasaron a realizarse ex post por la Secretaría de Comercio. Según indicó, esos cambios aportaron agilidad a la operatoria.
Al mismo tiempo, remarcó la importancia de que el control posterior funcione de manera efectiva para asegurar que la mercadería que ingresa cumpla los requisitos técnicos y los estándares internacionales correspondientes.
Pérez explicó que el Código Aduanero contempla la figura del permisionario postal, pensada para pequeños paquetes y correspondencia, y que el régimen courier se fue conformando con sucesivas resoluciones a lo largo de los años.
El CDA considera adecuado el uso del courier para documentos, sobres o pequeños envíos, que es su función en todo el mundo. La preocupación de la entidad se centra en su utilización para ingresar mercadería con fines comerciales que, por su valor y características, corresponde al régimen general. Según explicó, en esos casos pueden quedar sin realizarse las intervenciones de organismos como la ANMAT o los controles de seguridad eléctrica.
El CDA integra ASAPRA e IFCBA, dos organizaciones internacionales de despachantes que trabajan sobre la normativa de la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Entre esos temas, Pérez mencionó el objetivo SAFE, orientado al control y la seguridad, que requiere la acción conjunta del sector público y el privado.
Según Pérez, en esos ámbitos se comparan las realidades de cada país y se observa que en Europa y Estados Unidos los requisitos de conocimiento exigidos a los despachantes tienden a ser cada vez más elevados.
Para una pyme que exporta por primera vez, el despachante suele ser el primer contacto con el sistema aduanero. Pérez describió ese acompañamiento como una orientación paso a paso. Lo primero es conseguir un comprador en el exterior. Después hay que verificar que el producto sea competitivo en precio y conocer los costos de salida desde la Argentina, además de los que enfrentará el comprador al ingresar la mercadería en destino.
El asesoramiento se extiende a la documentación requerida y a los aspectos cambiarios y bancarios, ya que el cobro en dólares se liquida luego en pesos. También abarca los reintegros a la exportación. En importación, el despachante informa los tributos de ingreso y cuáles pueden descargarse y representan solo un costo financiero. Además, indica si la mercadería requiere la intervención de otros organismos.
De cara a los próximos años, Pérez planteó la necesidad de un punto intermedio: "La desregulación no es mala, pero una desregulación que no esté en manos de profesionales es peligrosa".
Según el presidente del CDA, el desafío pasa por combinar la simplificación con controles adecuados en materia de seguridad y salud, para lograr un comercio exterior más ágil, visible y previsible.

