La principal novedad de la norma radica en la modificación del régimen de exportaciones por courier, el cual deja de estar sujeto a restricciones de valor FOB. De esta forma, las empresas y particulares podrán enviar mercaderías al exterior bajo el esquema simplificado sin techos montarios preestablecidos.
En paralelo, la resolución introduce adecuaciones para los procesos de importación y el despacho de envíos:
- Eliminación de topes en exportación: Se sustituye el punto 2.2 del Anexo I de la RG 5608, estableciendo que los envíos de exportación no tendrán límites de valor.
- Simplificación para pequeños envíos: Para las importaciones alcanzadas por la exención de derechos y tasa de estadística (Decreto 1065/2024), ya no se exigirá la posición arancelaria detallada, bastando con declarar el Código AFIP/ARCA correspondiente.
- Información digitalizada: Las pautas procedimentales, requisitos de edad y domicilio para usar el sistema estarán concentrados en el micrositio web de envíos internacionales del organismo.
- Guarda de constancias: Los prestadores de courier deberán conservar las constancias digitales de entrega por un plazo de cinco años tras la prescripción fiscal.
La resolución, firmada por el director ejecutivo Andrés Edgardo Vázquez, entra en vigencia a partir del día posterior a su publicación, y la implementación de sus cambios se desplegará de forma progresiva según el cronograma que se publique en el portal institucional de ARCA.