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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incorporó a la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) la declaración jurada de destino minero, mediante la Resolución General 5909/2026, publicada el 5 de octubre en el Boletín Oficial.
La declaración jurada es exigida a los importadores alcanzados por el Régimen de Inversiones para la Actividad Minera, creado por la Ley 24.196, para acceder al beneficio arancelario previsto en su artículo 21. En ella se consigna el destino minero de los bienes y su identificación con las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).
Una vez admitida por la autoridad de aplicación, la declaración será remitida a la Dirección General de Aduanas a través de la VUCEA, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, para su validación en el Sistema Informático MALVINA (SIM). Con la declaración validada, el beneficiario podrá oficializar las importaciones definitivas para uso minero exclusivo con el beneficio, hasta agotar las cantidades autorizadas.
El procedimiento fue aprobado por la Resolución 73/2026 de la Secretaría de Minería, del 31 de agosto. La Dirección General de Aduanas, a su vez, enviará a la autoridad de aplicación la información de las declaraciones aduaneras vinculadas al régimen, para su control y trazabilidad.
La resolución entrará en vigencia a los diez días hábiles de su publicación. Las autorizaciones de importación con destino minero emitidas antes de esa fecha y vigentes al momento de su declaración en el SIM quedarán excluidas del nuevo procedimiento.
Las pautas para presentar las declaraciones figuran en el anexo de la norma. ARCA publicará además un Manual de Usuario Externo en el micrositio de la Ventanilla Única de Comercio Exterior de su sitio web.

