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29 de julio de 2026
Según el SRO 882(I)/2026, la Aduana de Pakistán ha introducido un requisito obligatorio para proporcionar los detalles de identificación del consignatario para su inclusión en el Manifiesto General de Importación (IGM) para todos los envíos de importación con destino a Pakistán, a partir del 15 de agosto de 2026.
Para garantizar el cumplimiento, se solicita a los clientes que proporcionen los detalles de identificación del consignatario aplicables a los respectivos cargadores en los puertos de origen/carga y se aseguren de que los mismos se incluyan en las Instrucciones de Envío (SI/ESI) y el Conocimiento de Embarque en el momento de la reserva.
La siguiente tabla define el Tipo de Carga/BL y la identificación requerida en la dirección de la documentación del consignatario (mínimo 1)
Ej: Si el tipo de Carga/BL es Equipaje de Vehículo (en la descripción de la carga), entonces el número de Pasaporte (dirección de la documentación del consignatario) o CNIC (dirección de la documentación del consignatario) es obligatorio; si falta el tipo de Carga/BL o la identificación, la Instrucción de Envío será rechazada.
Si el tipo de Carga/BL es General (en la descripción de la carga), la única opción es NTN/FTN (dirección de la documentación del consignatario) como detalles obligatorios requeridos.
| Tipo de Carga/BL (Prefijo) | NTN/FTN | Pasaporte | CNIC |
|---|---|---|---|
| TIR Transit | No | Sí | No |
| General | Sí | No | No |
| Foreign TP | No | Sí | No |
| EPZ | No | Sí | No |
| Vehicle Baggage | No | Sí | Sí |
| UAB | No | Sí | Sí |
| Afghan Transit | No | Sí | No |
| Tajik Transit | No | Sí | No |
| Uzbek Transit | No | Sí | No |
| Diplomatic | Sí | Sí | No |
| Transshipment | Sí | Sí | Sí |
Nota: Según el Tipo de Carga/BL aplicable, se debe proporcionar al menos uno de los identificadores indicados. No es necesario proporcionar todos los identificadores que se muestran en la tabla.
La falta de suministro de la información requerida puede resultar en el rechazo del Manifiesto General de Importación (IGM) por parte de la Aduana de Pakistán, lo que puede provocar problemas de descarga de la carga, retrasos en el envío y costos adicionales.
Disposición Provisional: Como medida temporal, el identificador aplicable (NTN/FTN/CNIC/Pasaporte) debe incluirse preferentemente en la dirección de la documentación del consignatario y el tipo de Carga/BL (se debe añadir un prefijo, por ejemplo, General o Equipaje de Vehículo) como se menciona en la tabla anterior, también es obligatorio para la transmisión en el manifiesto de importación de Pakistán, lo que debe actualizarse en la descripción de la Carga para cada declaración de envío. Tras la implementación de las mejoras del sistema requeridas, la información debe ser capturada y transmitida como un campo de datos estructurado separado dentro del archivo de carga de PSW.
Si necesita alguna aclaración, póngase en contacto con su representante de Maersk.

