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La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo fijó en 5.200 toneladas la captura total permisible de besugo (Pagrus pagrus) en la Zona Común de Pesca para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 30 de septiembre de 2027. Lo dispuso la Resolución 9/2026, publicada el 2 de octubre en el Boletín Oficial de la República Argentina.
De ese total, se habilitaron 4.700 toneladas para la pesca y se fijó una reserva administrativa de hasta 500 toneladas, que la Comisión podrá habilitar mediante una resolución fundada. Según la norma, la reserva busca cubrir eventos fortuitos que pudieran afectar el desarrollo de la pesquería.
El volumen surge de la recomendación del Grupo de Trabajo Costeros, que analizó el estado de la pesquería a partir de campañas de investigación, estadísticas pesqueras e información del muestreo de desembarques. El objetivo de las medidas, de acuerdo con la resolución, es mantener la sostenibilidad del recurso y de su pesquería.
La Comisión es el organismo binacional argentino-uruguayo que actúa en el marco del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo. La Zona Común de Pesca es el área marítima compartida por ambos países frente al Río de la Plata.
La resolución fue firmada en Montevideo el 29 de septiembre por Luis Eugenio Bellando y Ricardo Posada. Será comunicada a las cancillerías de los dos países y publicada también en el Diario Oficial de Uruguay.

