• 2 min de lectura
• 2 min de lectura

Los profesionales del practicaje y pilotaje de Argentina iniciaron su segundo día de paralización nacional. La huelga se está llevando a cabo como modo de protesta a la reciente reforma al sistema marítimo y fluvial -vía decreto- impulsado por el gobierno encabezado por el presidente Javier Milei.
En específico, la Casa Rosada busca impulsar la desregulación del sector, promoviendo "reducir costos operativos y permitir la contratación directa de servicios, además de habilitar a capitanes con experiencia a navegar sin la obligación de disponer de contratos de prácticos".
La medida ha sido calificada por los diferentes gremios como "inconstitucional" y en respuesta, han decidido paralizar sus actividades a lo largo de todo el país, afectado las principales rutas comerciales del país como la Vía Navegable Troncal.
Según los reportes oficiales, al menos 140 buques se han visto afectados producto de las manifestaciones, en especial por los bloqueos realizados por los trabajadores.
Por su parte, la Prefectura Naval Argentina, hizo público en su último boletín inicial, la solicitud a los prácticos para abandonar cualquier tipo de interrupción en las rutas navegables señalado que "a todo evento se le hace saber que frente al incumplimiento de la presente intimación será objeto de las sanciones disciplinarias contenidas en el Anexo I del Decreto N° 690/26 por ser considerada falta grave la negativa a prestar el servicio, y el juzgamiento de su conducta en la faz administrativa quedará encuadrada en las previsiones del citado Anexo I y del Decreto Nº 37/2025 (REGINAVE), punible con las sanciones previstas en los artículos 599.0101 y 599.0102 de este último".
Además, en la circular se advirtió que "la realización de cualquier acción tendiente a facilitar una medida de fuerza destinada a interrumpir el servicio de practicaje / pilotaje podrá quedar captada en las previsiones del Código Penal de la Nación Argentina – Delitos contra la seguridad del tránsito y de los medios de transporte y de comunicación, bajo la figura del Artículo 190, que dispone: ´Será reprimido con prisión de dos a ocho años, el que a sabiendas ejecutare cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave'", cerró el comunicado.

