La Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI) aprobó la Resolución Directoral N° 656-2026 MGP/DICAPI, mediante la cual se modifican diversos apéndices de la Norma de Practicaje Marítimo y de los Prácticos Marítimos (aprobada originalmente por la R.D. N° 1186-2016 MGP/DGCG). Esta medida busca fortalecer la seguridad náutica, la eficiencia en las maniobras y adaptarse a la expansión de la infraestructura portuaria en el país.
Principales modificaciones normativas
La disposición legal actualiza y amplía los límites de la Zona de Practicaje Obligatorio ZPM9, incorporando formalmente la infraestructura del Terminal Portuario de San Nicolás de Shougang Hierro Perú S.A.A. – Nuevo Muelle San Nicolás en los siguientes cuadros reglamentarios:
- Apéndice «D» (Cuadro «D-1»): Se adscribe formalmente la nueva infraestructura portuaria a la jurisdicción de la Capitanía de Puerto de San Juan y a la zona ZPM9.
- Apéndice «E» (Cuadro «E-1»): Se establece la exigencia mínima de maniobras requeridas para la obtención, renovación, ascenso y rehabilitación de la licencia de los Prácticos Marítimos habilitados en esta zona:
- Aspirantes / Otorgamiento en otra zona: 30 maniobras.
- Renovación de licencias (PM2, PM1, PME): 16 maniobras.
- Ascenso a PM1: 30 maniobras.
- Ascenso a PME: 60 maniobras.
- Apéndice «O» (Cuadro «O-1»): Se fija en cuatro (4) la cantidad mínima de prácticos requeridos para operar en la zona ZPM9.
Impacto operacional en el sector portuario
La actualización técnica responde a la necesidad de respaldar con estándares de seguridad operacional a las megaestructuras marítimas del país. Con la incorporación del nuevo muelle en San Nicolás (distrito de San Juan de Marcona, Ica), la normativa permitirá:
- Atención de naves de gran calado: Maniobra segura de embarcaciones con capacidades de entre 200,000 DWT y 300,000 TPM, con hasta 329 metros de eslora.
- Capacidad de exportación masiva: Soporte operativo para el embarque de hasta 25 millones de toneladas anuales de carga a granel.
- Posicionamiento regional: Consolidación de la instalación como el mayor terminal portuario de embarque de minerales de la costa oeste de América del Sur.
- Protección y sostenibilidad: Garantía de la seguridad de la vida humana en el mar, prevención de la contaminación y la debida gestión socioambiental.
Entrada en vigencia
La resolución directoral entra en vigencia a partir del 20 de setiembre de 2026 (día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano). Los demás extremos de la Norma de Practicaje Marítimo aprobada en el año 2016 se mantienen vigentes y subsistentes.