En la edición del diario oficial El Peruano del 29 de julio de 2026, se hizo oficial la aprobación de la Resolución de Consejo Directivo N° 0044-2026-CD-OSITRAN (emitida el 25/07/2026). Mediante este dispositivo legal, el regulador establece la tasa de actualización de productividad que regirá la revisión tarifaria de los servicios regulados en el Terminal Portuario del Callao – Zona Sur, bajo la administración de DP World Callao S.R.L.

Mecanismo de Aplicación y Fórmula Tarifaria

El factor de productividad fijado en -4,44% estará vigente durante un periodo de cuatro años, concluyendo el 17 de agosto de 2030.

De conformidad con lo estipulado en el Contrato de Concesión y el Reglamento General de Tarifas de Ositrán, la actualización anual de las tarifas para los servicios regulados se calculará mediante la siguiente regla tarifaria:

Ajuste Tarifario=RPI−(−4,44%)

  • Donde RPI (RPI): Representa la variación de la inflación expresada mediante el Índice General de Precios al Consumidor ( Consumer Price Index) de los Estados Unidos de América.

Impacto en el Sector

  • Predecibilidad Jurídica: Garantiza un marco regulatorio claro para el ajuste de los costos portuarios regulados en los próximos cuatro años.
  • Transparencia Regulatoria: Refuerza la competitividad del Muelle Sur al alinear los ajustes tarifarios al comportamiento de la inflación internacional y el desempeño de la infraestructura.

Nota para los usuarios: Manténgase atento a los comunicados oficiales del concesionario y del regulador sobre la publicación de los tarifarios vigentes para la atención de naves y carga en el terminal.