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La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, bajo la órbita del Ministerio de Economía, oficializó la Resolución 98/2026 mediante la cual se aprueba la actualización del Protocolo de Calidad para Langostinos Enteros Congelados a Bordo Argentinos. La normativa, publicada en el Boletín Oficial, sustituye las pautas vigentes desde el año 2018 con el propósito de ofrecer a los consumidores un sistema eficaz de gestión e identificación para el langostino (Pleoticus Müelleri), un recurso pesquero altamente demandado en el comercio exterior por sus cualidades organolépticas y sus propiedades alimenticias diferenciadoras. Las consideraciones técnicas del texto normativo destacan el perfil nutricional del marisco local, caracterizándolo como un alimento de alto valor proteico, elevado porcentaje de humedad, bajo contenido graso y con un aporte calórico promedio de 96 kilocalorías por cada 100 gramos de carne, conteniendo además aportes significativos de fósforo, calcio, hierro, zinc y vitaminas del complejo B, A y niacina.
El rediseño del protocolo técnico e institucional contó con la intervención y el aval del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) —a través de su Dirección de Inocuidad de Pesca y Acuicultura y la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria—, la Cámara de Armadores Pesqueros y Congeladores de la Argentina (CAPeCA), la Dirección de Planificación Pesquera de la Secretaría nacional y el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP). De acuerdo con las facultades conferidas por la Ley 26.967 y el Decreto 50/2019, la autoridad de aplicación determinó que este esquema de diferenciación por calidad funciona como un patrón de adhesión voluntaria y de carácter no obligatorio, ideado para que las empresas de la cadena utilicen la certificación independiente como una herramienta de posicionamiento estratégico en nuevas plazas internacionales.
A través de su parte resolutiva, firmada por el secretario Sergio Iraeta, la medida reemplaza formalmente el anexo técnico previo por el nuevo documento registrado bajo las actas de la Dirección Nacional de Alimentos y Desarrollo Regional, precisando además que la implementación de estas directrices no generará ningún tipo de costo fiscal para las arcas del Estado. Asimismo, los artículos finales del acto administrativo formalizan una invitación extensiva a las personas humanas y jurídicas que integran el eslabón productivo de la pesca para que adopten las nuevas especificaciones de manufactura, instando en paralelo a los gobiernos de todas las provincias de la República Argentina y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a difundir los alcances del protocolo dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales.

