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La Corte Suprema de los Estados Unidos ha permitido que una disputa marítima de larga data que involucra a compañías de cruceros e infraestructura portuaria cubana avance, restableciendo el litigio presentado por Havana Docks Corporation contra Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC.
El caso se refiere a las escalas de cruceros realizadas entre 2016 y 2019, cuando las compañías utilizaron terminales de pasajeros en La Habana tras una flexibilización temporal de las restricciones de viaje de EE. UU. bajo la administración Obama. Esas instalaciones fueron originalmente desarrolladas y operadas bajo una concesión a largo plazo de Havana Docks antes de ser nacionalizadas por el gobierno cubano después de la revolución de 1959.
Havana Docks inició procedimientos bajo la Ley Helms-Burton de 1996, que permite a los ciudadanos estadounidenses buscar daños de entidades que supuestamente han traficado con propiedades confiscadas por Cuba.
Los tribunales inferiores inicialmente otorgaron daños que superaban los 400 millones de dólares estadounidenses, concluyendo que las compañías de cruceros utilizaron activos portuarios vinculados a la concesión confiscada. Ese resultado fue posteriormente anulado en apelación, con el tribunal de apelaciones razonando que la concesión original habría expirado en 2004 y, por lo tanto, no podría haber sido infringida por operaciones realizadas más de una década después.
En revisión, la Corte Suprema revocó esa interpretación en una decisión de 8 a 1, sosteniendo que la responsabilidad bajo el estatuto se basa en el uso de la propiedad confiscada en sí misma, en lugar de la continuación hipotética de la concesión por tiempo limitado del demandante. Escribiendo para la mayoría, el juez Clarence Thomas declaró que el marco legal se centra en el uso de la propiedad que fue confiscada por el gobierno cubano y que no se requería que Havana Docks demostrara interferencia con un interés de propiedad contrafactual no vencido.
El fallo del tribunal devolvió el caso para procedimientos adicionales consistentes con esa interpretación. La jueza Elena Kagan disintió, argumentando que el interés concesionario había expirado mucho antes de las operaciones de cruceros en cuestión y que esta desconexión temporal debería impedir la responsabilidad bajo el estatuto.
El litigio forma parte de un cuerpo más amplio de disputas habilitadas por la activación de las disposiciones de aplicación del Título III de la Ley Helms-Burton, que habían sido suspendidas durante años por sucesivas administraciones estadounidenses antes de permitirse su avance en 2019. Se espera que la decisión influya en reclamaciones paralelas que involucran otros activos cubanos y operadores internacionales que se involucraron con puertos cubanos durante el período de renovada actividad de cruceros.
Fuente: Cruise Mapper

